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Información de visitas para las prisiones estatales de California, tomada de CDCR — confirme el estado actual antes de viajar.

English Aprobación para visitar Preguntas frecuentes

Cómo obtener la aprobación para visitar

Antes de poder programar una visita, debe estar en la lista de visitantes aprobados de la persona encarcelada.

Quién comienza el proceso

Lo comienza la persona encarcelada, no usted. Ella solicita el Cuestionario del Visitante (Formulario CDCR 106), lo firma y se lo envía por correo. Usted no puede descargar uno en blanco ni comenzar por su cuenta.

Qué debe declarar

Anote todas las condenas y todos los arrestos — incluso los que nunca resultaron en cargos. CDCR hace una verificación de antecedentes, y omitir algo es una razón común de negación.

A dónde se envía

El formulario completo se envía al Sargento de Visitas de la institución, dirigido a "Visiting" — por lo general es una dirección distinta a la que usa para las cartas normales. Revise la página de esa institución para la dirección exacta.

Si le niegan la aprobación

Recibirá una carta con la razón. Puede volver a solicitar, o apelar por escrito al Alcaide (Warden), quien debe responder dentro de 15 días hábiles.

Si lleva a un menor

Visitas de emergencia

A veces CDCR permite una visita antes de la aprobación formal para visitantes que viajan más de 250 millas de forma inesperada, a discreción del Sargento de Visitas. No cuente con esto — solicite con anticipación siempre que pueda.